Derechos de Exportación a las prestaciones de servicios
Nuevo impuesto del 12% que regirá hasta 2020

La norma fija hasta el 31/12/2020 un derecho de exportación del 12% sobre la exportación de las prestaciones de servicios, exceptuando aquellas efectuadas por las Micro y Pequeñas Empresas que no superen los U$s 600.000 en el año calendario, y no pudiendo exceder de $4 por cada dólar del valor imponible.
El pago de tributo se realizará dentro de los 15 días hábiles del mes siguiente al de facturación de dichas operaciones, y para determinar el monto, se deberá considerar el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina del día hábil anterior al que corresponda declarar la operación.
A fines de establecer las prestaciones alcanzadas, el Decreto define pasibles de impuesto cualquier locación y prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior, entendiéndose por tal a la utilización inmediata o al primer acto de disposición por parte del prestatario.
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